INVERSIONES A FONDO PERDIDO PARA LA CONQUISTA ESPACIAL, INTERPLANETARIA
Podríamos imaginarnos el intercambio entre las metrópolis y las colonias en los distintos continentes,...extrapolado a la Tierra como metrópolis intergalactica y a las bases en los planetas como las colonias a donde se lleva mercancías y de donde se extraen productos, materias primas, experimentos,...
Imaginen también las guerras entre las potencias de aquellos tiempos y épocas pasadas por las cuestiones de conquistas de espacios,...más tarde de mercados, exportaciones de capitales,...deslocalizaciones,...-y guerras permanentes-, y hasta nuestros días, la globalización económica mundial -sistema capiimperialista, el impericapitalismo- y las megacorporaciones como fuerza política económica global,...que dirige, digamos en la sombra, al capitalismo total, a la humanidad,...y es la gerente-dirigente de la explotación asalariada,...y por ende del holocausto a parte de la misma,...¡¡.
Los gastos "estatales", en la política-económica,...en los programas para los viajes -espacio exterior- SON A FONDO PERDIDO,...Es casi igual que los dineros -capital financiero- que se les da a la banca, a grandes multinacionales,...- MULTICORPORACIONES, MEGACORPORACIONES,...- en momentos de crisis económica, por ejemplo.
Estos proyectos sobre el espacio exterior, va en beneficio del capital privado y de la burguesía de estado,...esto se da en todo el Planeta. CON EL ESFUERZO DEL TRABAJO ASALARIADO, SE DISPONE DE CAPITALES PARA DESARROLLAR TODA LA INDUSTRIA AEROESPACIAL, DE ESPACIO EXTERIOR,...INCLUIDA COMO ES NORMAL-LÓGICA Y REAL,...TODA LA POLÍTICA ECONÓMICA DE INVERSIONES EN ARMAMENTOS Y ARTILUGIOS AEROESPACIALES,...
[[ " Ayuda de Tareas/ EN WEB "BANREPCULTURAL.ORG"
Tema: materiales de construcción
Secciones Wiki: materiales del siglo xxi
Materiales en el espacio
Se pueden clasificar en dos grupos. Los que se han fabricado en condiciones espaciales y los que se han fabricado para soportar las condiciones espaciales, distintas a las de la tierra (presiones, temperaturas, resistencia mecánica, eléctrica entre otras).
Materiales para el desarrollo espacial
Para la utilización en el espacio surgen entonces materiales como el grafito y variedades especiales de este. Se trata de “diseñar” materiales con las propiedades adecuadas.
Los materiales sometidos a condiciones físico-mecánicas especiales dan como resultado materiales novedosos con múltiples aplicaciones. La industria automotriz también se ha nutrido del desarrollo de nuevos materiales para aligerar los vehículos y obtener mejor rendimiento de combustible sin sacrificar propiedades mecánicas, al igual que la industria de la construcción ha reforzado el concreto con fibras de grafito.
Unos de los materiales más importantes en el comienzo de la humanidad alcanza nuevamente gran importancia en la investigación espacial por su densidad y capacidad mecánica, este es el caso de los materiales cerámicos avanzados, con procesos especiales y distintos en su fabricación.
Las aplicaciones de estos nuevos materiales (líquidos, en forma de polvo, compuestos, etc.) van desde herramientas, lubricantes, huesos y prótesis artificiales, circuitos, materiales para blindaje, hasta combustibles nucleares.
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Materiales desarrollados en el espacio
El espacio exterior brinda condiciones especiales, distintas a las imitadas en la tierra para el desarrollo de técnicas, materiales e investigaciones, donde es necesario alterar las condiciones existentes provocando simulaciones con algunos defectos, no exactas a las logradas en el espacio (por ejemplo la energía solar y vacío más favorables), por lo cual productos (farmacéuticos, cristales, vidrios y otros) más puros están en desarrollo. De esta manera existen productos fabricados en la tierra con rendimientos menores al 17% y hasta del 97% si se fabrican en el espacio exterior, pero la desventaja es que por los obvios costos solamente algunos materiales representan económicamente beneficios en la fabricación espacial, como algunos cristales para componentes electrónicos.]].
[[ " Las increíbles predicciones de Isaac Asimov sobre 2014 que se volvieron realidad
Martes, 22 de abril de 2014
CONFLICTOS SOCIALES EN POTENCIAS NUCLEARES, AEROESPACIALES, RESERVAS MATERIAS ENERGÉTICAS DE DIVERSAS CATEGORÍAS,...Y LAS ACTUACIONES SINIESTRAS DE LAS GRANDES POTENCIAS Y ESTADO MUNDIAL OTAN-ONU.
Brasil, Ucrania, Egipto, Iraq, Irán, Venezuela, Rusia, Corea del Norte, Arabia Saudí,...y otras potencias energéticas, como Sudáfrica,...Bolivia, países africanos,...Y en más países, regiones, se están dando movidas de diversos tipos,...donde parece tener que ver con los asuntos la élite plutocrática,...dicen organizada en una gran megacorporación impericapitalista,... ( ESTA IDEA TIENE INTERÉS, HAY QUE DESARROLLARLA MÁS ).
DICHA ENTIDAD PONE EN JUEGO, EN FUNCIONAMIENTO MECANISMOS, PERSONAL, ORGANIZACIONES,...CREA CONFLICTO Y DESORDEN, CAOS CAÓTICO,...PARA PESCAR EN RÍO REVUELTO,...QUE ELLA ES ACTORA-CREADORA-PROMOTORA,...UF,...¡¡, PERO PARA QUÉ, CON CUALES OBJETIVOS,...CREAR CONDICIONES DE DESCONTROL, SAQUEAR Y CONFUNDIR A LA HUMANIDAD Y SOBRE TODO A LA FUERZAS REVOLUCIONARIAS COMUNISTAS, ANARQUISTAS, ANTISISTEMA,...PARA SU PROYECTO EXPANSIVO ULTRAEXTERIOR INTERPLANETARIO,...
Dice la prensa e informes sobre capitales, sobre dineros resguardados,...que existen trillones de dólares,...billones de euros,...y otras monedas, metales preciosos,...apalancados,...en manos centralizadamente de organismos financieros diversos,...en los bancos e instituciones del IFI, Instituto Financiero Internacional,...CON CAPITAL PRIVADO Y PUBLICO,...ANDAN ASOCIADOS PARA SEGUIR LA EXPANSIÓN CAPITALISTA-BURGUESA E IMPERIALISTA ULTRAEXTERIOR,...El Planeta Tierra se le ha quedado demasiado pequeño,...
La cuestión es como pensamos y como analizamos lo ya realizado por la burguesía impericapitalista. Como se desarrolla la reproducción de capital y de la sociedad,...de las relaciones sociales y de producción en esta etapa de ultraexterior actividad económica,...hay que investigar aún más sobre esta cuestión. Las contradicciones que aparecen hoy en día,...y las que aparecerán,...
Todo esto está relacionado con las actividades que desarrolla las grandes multicorporaciones de todos los sectores económicos,...en especial alimentación, materias primas energéticas,...salud, medio ambiente,...agua, aire, biodiversidad,...EN ESPECIAL ANALIZAR CONTRADICCIÓN ENTRE POBLACIÓN EFICIENTE-SUFICIENTE PARA EL CAPITALISMO ULTRAEXTERIOR Y LA REALIDAD EXISTENTE,...SOBRE UNA BASE DE UNOS SIETE MIL MILLONES DE HABITANTES, Y LA POBLACIÓN, CANTIDAD IDÓNEA PARA ESAS ÉLITES,...PARA DESARROLLAR EN MEJORES CONDICIONES LA REPRODUCCIÓN ECONÓMICA-SOCIAL,...TENIENDO EN CUENTA QUE LOS PARÁMETROS CAMBIAN, SON OTROS,...DESDE CONTAR COMO GASTOS-RECURSOS A DISPONER PARA LAS COLONIZACIONES EXTERNAS,...TODA UNA INDUSTRIA PARA FABRICAR ESOS ARTILUGIOS, CARBURANTES,...MEDIDAS DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN DE SUS PROYECTOS ANTE LAS RESISTENCIAS DE PARTE DE LA HUMANIDAD,...
COLONIZACIÓN DE MARTE, VIAJE SIN RETORNO, POR AHORA.
Con el problema de la huella ecológica,...capacidad de carga, ( concepto creado por nosotros sobre 2.004-05, en Málaga, en las conversaciones,...desarrolladas en ISMA, asociación " iniciativa sostenibilidad medio ambiente y autogestión "; partiendo de las ideas sobre carga de un edificio, llevado al Planeta, apoyado en que la población necesitaba ya en esos momentos a otro planeta más, como la Tierra para poder vivir la humanidad existente,...¡¡ ). Hemos preguntado al Internet y nos ha salido titulares a doquier, de todas las fechas, autores, entidades,....
- [PDF]
Estatutos de la asociación I.S.M.A. - simbiodiversidad
simbiodiversidad.wikispaces.com/.../2004_07_24_Estatutos+ISMA+mari...
LA LUNA DE LA TIERRA, EXPLOTACIÓN TOTAL SOBRE LA MISMA
Información sobre este asunto hay como millones,...En estas fechas varias potencias quieren instalar bases de colonización, explotación, experimentación,...Hay quienes han comprado trozos de Luna,...y quienes la han registrado,...Hay un acuerdo internacional, vía ONU, sobre los aspectos jurídicos sobre dicho satélite,...:
[[ "Tratado sobre los principios que deben regir las actividades de los Estados en la exploración y
utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes
Los Estados Partes en este Tratado,
Inspirándose en las grandes perspectivas que se ofrecen a la humanidad como consecuencia de la entrada del hombre en el espacio ultraterrestre,
Reconociendo el interés general de toda la humanidad en el proceso de la exploración y utilización del espacio ultraterrestre con fines pacíficos,
Estimando que la exploración y la utilización del espacio ultraterrestre se debe efectuar en bien de todos los pueblos, sea cual fuere su grado de desarrollo económico y científico,
Deseando contribuir a una amplia cooperación internacional en lo que se refiere a los aspectos científicos y jurídicos de la exploración y utilización del espacio ultraterrestre con fines pacíficos,
Estimando que tal cooperación contribuirá al desarrollo de la comprensión mutua y al afianzamiento de las relaciones amistosas entre los Estados y pueblos,
Recordando la resolución 1962 (XVIII), titulada "Declaración de los principios jurídicos que deben regir las actividades de los Estados en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre", que fue aprobada unánimemente por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de diciembre de 1963,
Recordando la resolución 1884 (XVIII), en que se insta a los Estados a no poner en órbita alrededor de la Tierra ningún objeto portador de armas nucleares u otras clases de armas de destrucción en masa, ni a emplazar tales armas en los cuerpos celestes, que fue aprobada unánimemente por la Asamblea General
de las Naciones Unidas el 17 de octubre de 1963,
Tomando nota de la resolución 110 (II), aprobada por la Asamblea General el 3 de noviembre de 1947, que condena la propaganda destinada a provocar o alentar, o susceptible de provocar o alentar cualquier amenaza de la paz, quebrantamiento de la paz o acto de agresión, y considerando que dicha resolución es aplicable al espacio ultraterrestre,
Convencidos de que un Tratado sobre los principios que deben regir las actividades de los Estados en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, promoverá los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas,
Han convenido en lo siguiente:
Artículo I
La exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, deberán hacerse en provecho y en interés de todos los países, sea cual fuere su grado de desarrollo económico y científico, e incumben a toda la humanidad.
El espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, estará abierto para su exploración y utilización a todos los Estados sin discriminación alguna en condiciones de igualdad y en conformidad con el derecho internacional, y habrá libertad de acceso a todas las regiones de los cuerpos celestes.
El espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, estarán abiertos a la investigación científica, y los Estados facilitarán y fomentarán la cooperación internacional en dichas investigaciones.
Artículo II
El espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, no podrá ser objeto de apropiación nacional por reivindicación de soberanía, uso u ocupación, ni de ninguna otra manera.
Artículo III
Los Estados Partes en el Tratado deberán realizar sus actividades de exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, de conformidad con el derecho internacional, incluida la Carta de las Naciones Unidas, en interés del mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales y del fomento de la cooperación y la comprensión internacionales.
Artículo IV
Los Estados Partes en el Tratado se comprometen a no colocar en órbita alrededor de la Tierra ningún objeto portador de armas nucleares ni de ningún otro tipo de armas de destrucción en masa, a no emplazar tales armas en los cuerpos celestes y a no colocar tales armas en el espacio ultraterrestre en ninguna otra forma.2
La Luna y los demás cuerpos celestes se utilizarán exclusivamente con fines pacíficos por todos los Estados Partes en el Tratado. Queda prohibido establecer en los cuerpos celestes bases, instalaciones y fortificaciones militares, efectuar ensayos con cualquier tipo de armas y realizar maniobras militares. No se prohíbe la utilización de personal militar para investigaciones científicas ni para cualquier otro objetivo pacífico. Tampoco se prohíbe la utilización de cualquier equipo o medios necesarios para la exploración de la Luna y de otros cuerpos celestes con fines pacíficos.
Artículo V
Los Estados Partes en el Tratado considerarán a todos los astronautas como enviados de la humanidad en el espacio ultraterrestre, y les prestarán toda la ayuda posible en caso de accidente, peligro o aterrizaje forzoso en el territorio de otro Estado Parte o en alta mar. Cuando los astronautas hagan tal aterrizaje serán devueltos con seguridad y sin demora al Estado de registro de su vehículo espacial.
Al realizar actividades en el espacio ultraterrestre, así como en los cuerpos celestes, los astronautas de un Estado Parte en el Tratado deberán prestar toda la ayuda posible a los astronautas de los demás Estados Partes en el Tratado.
Los Estados Partes en el Tratado tendrán que informar inmediatamente a los demás Estados Partes en el Tratado o al Secretario General de las Naciones Unidas sobre los fenómenos por ellos observados en el espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, que podrían constituir un peligro para la vida o la salud de los astronautas.
Artículo VI
Los Estados Partes en el Tratado serán responsables internacionalmente de las actividades nacionales que realicen en el espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, los organismos gubernamentales o las entidades no gubernamentales, y deberán asegurar que dichas actividades se efectúen en conformidad con las disposiciones del presente Tratado. Las actividades de las entidades no gubernamentales en el espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros
cuerpos celestes, deberán ser autorizadas y fiscalizadas constantemente por el pertinente Estado Parte en el Tratado. Cuando se trate de actividades que realiza en el espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, una organización internacional, la responsable en cuanto al presente Tratado corresponderá a esa organización internacional y a los Estados Partes en el Tratado que pertenecen a ella.
Artículo VII
Todo Estado Parte en el Tratado que lance o promueva el lanzamiento de un objeto al espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, y todo Estado Parte en el Tratado, desde cuyo territorio o cuyas instalaciones se lance un objeto, será responsable internacionalmente de los daños causados a otro Estado Parte en el Tratado o a sus personas naturales o jurídicas por dicho objeto o sus partes componentes en la Tierra, en el espacio aéreo o en el espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes.
Artículo VIII
El Estado Parte en el Tratado, en cuyo registro figura el objeto lanzado al espacio ultraterrestre, retendrá su jurisdicción y control sobre tal objeto, así como sobre todo el personal que vaya en él, mientras se encuentre en el espacio ultraterrestre o en un cuerpo celeste. El derecho de propiedad de los objetos lanzados al espacio ultraterrestre, incluso de los objetos que hayan descendido o se construyan en un cuerpo celeste, y de sus partes componentes, no sufrirá ninguna alteración mientras estén en el espacio ultraterrestre, incluso en un cuerpo celeste, ni en su retorno a la Tierra. Cuando esos objetos o esas partes componentes sean hallados fuera de los límites del Estado Parte en el Tratado en cuyo registro figuran, deberán ser devueltos a ese Estado Parte, el que deberá proporcionar los datos de identificación que se le soliciten antes de efectuarse la restitución.
Artículo IX
En la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, los Estados Partes en el Tratado deberán guiarse por el principio de la cooperación y la asistencia mutua, y en todas sus actividades en el espacio ultraterrestre, incluso en la Luna y otros cuerpos celestes, deberán tener debidamente en cuenta los intereses correspondientes de los demás Estados Partes en el Tratado. Los Estados Partes en el Tratado harán los estudios e investigaciones del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, y procederán a su exploración de tal forma que no se produzca una contaminación nociva ni cambios desfavorables en el medio ambiente de la Tierra como consecuencia de la introducción en él de materias extraterrestres, y cuando sea necesario adoptarán las medidas pertinentes a tal efecto. Si un Estado Parte en el Tratado tiene motivos para creer que una actividad o un experimento en el espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, proyectado por él o por sus nacionales, crearía un obstáculo capaz de perjudicar las actividades de otros Estados Partes en el Tratado en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre con fines pacíficos, incluso en la Luna y otros cuerpos celestes, deberá celebrar las consultas internacionales oportunas antes de iniciar esa actividad o ese experimento. Si un Estado Parte en el Tratado tiene motivos para creer que una actividad o un experimento en el espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, proyectado por otro Estado Parte en el Tratado, crearía un obstáculo capaz de perjudicar las actividades de exploración y utilización del espacio ultraterrestre con fines pacíficos, incluso en la Luna y otros cuerpos celestes, podrá pedir que se celebren consultas sobre dicha actividad o experimento.
Artículo X
A fin de contribuir a la cooperación internacional en la exploración y la utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, conforme a los objetivos del presente Tratado, los Estados Partes en él examinarán, en condiciones de igualdad, las solicitudes formuladas por otros Estados Partes en el Tratado para que se les brinde la oportunidad a fin de observar el vuelo de los objetos espaciales lanzados por dichos Estados.
La naturaleza de tal oportunidad y las condiciones en que podría ser concedida se determinarán por acuerdo entre los Estados interesados.3
Artículo XI
A fin de fomentar la cooperación internacional en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre con fines pacíficos, los Estados Partes en el Tratado que desarrollan actividades en el espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, convienen en informar, en la mayor medida posible dentro de lo viable y factible, al Secretario General de las Naciones Unidas, así como al público y a la comunidad científica internacional, acerca de la naturaleza, marcha, localización y resultados de dichas actividades. El Secretario General de las Naciones Unidas debe estar en condiciones de difundir eficazmente tal información, inmediatamente después de recibirla.
Artículo XII
Todas las estaciones, instalaciones, equipo y vehículos espaciales situados en la Luna y otros cuerpos celestes serán accesibles a los representantes de otros Estados Parte en el presente Tratado, sobre la base de reciprocidad. Dichos representantes notificarán con antelación razonable su intención de hacer una visita, a fin de permitir celebrar las consultas que procedan y adoptar un máximo de precauciones para velar por la seguridad y evitar toda perturbación del funcionamiento normal de la instalación visitada.
Artículo XIII
Las disposiciones del presente Tratado se aplicarán a las actividades de exploración y utilización de espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, que realicen los Estados Partes en el Tratado, tanto en el caso de que esas actividades las lleve a cabo un Estado Parte en el Tratado por sí solo o junto con otros Estados, incluso cuando se efectúen dentro del marco de organizaciones intergubernamentales internacionales.
Los Estados Partes en el Tratado resolverán los problemas prácticos que puedan surgir en relación con las actividades que desarrollen las organizaciones intergubernamentales internacionales en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, con la organización internacional pertinente o con uno o varios Estados miembros de dicha organización internacional que sean Partes en el presente Tratado.
Artículo XIV
1. Este Tratado estará abierto a la firma de todos los Estados. El Estado que no firmare este Tratado antes de su entrada en vigor, de conformidad con el párrafo 3 de este artículo, podrá adherirse a él en cualquier momento.
2. Este Tratado estará sujeto a ratificación por los Estados signatarios. Los instrumentos de ratificación y los instrumentos de adhesión se depositarán en los archivos de los Gobiernos de los Estados Unidos de América, del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, a los que por el presente se designa como Gobiernos depositarios.
3. Este Tratado entrará en vigor cuando hayan depositado los instrumentos de ratificación cinco gobiernos, incluidos los designados como Gobiernos depositarios en virtud del presente Tratado.
4. Para los Estados cuyos instrumentos de ratificación o de adhesión se depositaren después de la entrada en vigor de este Tratado, el Tratado entrará en vigor en la fecha del depósito de sus instrumentos de ratificación o adhesión.
5. Los Gobiernos depositarios informarán sin tardanza a todos los Estados signatarios y a todos los Estados que se hayan adherido a este Tratado, de la fecha de cada firma, de la fecha de depósito de cada instrumento de ratificación y de adhesión a este Tratado, de la fecha de su entrada en vigor y de cualquier otra notificación.
6. Este Tratado será registrado por los Gobiernos depositarios, de conformidad con el Artículo 102 de la Carta de las Naciones Unidas.
Artículo XV
Cualquier Estado Parte en el Tratado podrá proponer enmiendas al mismo. Las enmiendas entrarán en vigor para cada Estado Parte en el Tratado que las acepte cuando éstas hayan sido aceptadas por la mayoría de los Estados Partes en el Tratado, y en lo sucesivo para cada Estado restante que sea Parte en el Tratado en la fecha en que las acepte.
Artículo XVI
Todo Estado Parte podrá comunicar su retiro de este Tratado al cabo de un año de su entrada en vigor, mediante notificación por escrito dirigida a los Gobiernos depositarios. Tal retiro surtirá efecto un año después de la fecha en que se reciba la notificación.4
Artículo XVII
Este Tratado, cuyos textos en chino, español, francés, inglés y ruso son igualmente auténticos, se depositará en los archivos de los Gobiernos depositarios. Los Gobiernos depositarios remitirán copias debidamente certificadas de este Tratado a los gobiernos de los Estados signatarios y de los Estados que se adhieran al Tratado.
EN TESTIMONIO DE LO CUAL, los infrascritos, debidamente autorizados, firman este Tratado.
HECHO en tres ejemplares, en las ciudades de Londres, Moscú y Washington D.C., el día veintisiete de enero de mil novecientos sesenta y siete ]].
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Resultados de la búsqueda
Capacidad de carga - Wikipedia, la enciclopedia libre
es.wikipedia.org/wiki/Capacidad_de_carga
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La tierra y su capacidad de carga - VeoVerde
www.veoverde.com/2009/08/la-tierra-y-su-capacidad-de-carga/
La capacidad de carga de la Tierra
www.eurosur.org/futuro/fut53.htm
Capacidad de carga de los ecosistemas, ¿cuánto es ...
www.sadm.gob.mx/PortalSadm/jsp/prensa.jsp?id=638
... El Oráculo de Delfos: Capacidad de carga del planeta
crisisplanetaria.blogspot.com/2009/.../capacidad-de-carga-del-planeta.ht...
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ppt Capacidad de carga y Huella ecológica
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4.2.3. La capacidad de carga - Inici
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Población y Capacidad de Carga - SlideShare
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portalsostenibilidad.upc.edu/detall_01.php?numapartat=2&id=228
... Desarrollo sostenible
books.google.es/books?isbn=8498800714M. Assumpta Sabater Pruna, Josep Xercavins Valls, Gemma Cervantes Torre-Marín - 2005 - NatureLa capacidad de carga del planeta Tierra como ecosistema en relación con los seres humanos como especie, o sea, el número máximo de seres humanos que...]].
[[ "Sucedió en el Siglo XX
1. La carrera espacial
El espacio... la última frontera. Con esta frase que abre la legendaria serie televisiva "Viaje a las Estrellas", se resume uno de los sueños más preciados de la humanidad: conocer, descubrir qué hay más allá de la atmósfera terrestre.
Ya en 1903, el mismo año en que los hermanos Wright se alzaban durante casi un minuto por los aires con su primitivo aeroplano, Konstantin Ziolowski establecía la velocidad necesaria que debería desarrollar una nave para superar la gravedad de la Tierra.
Sin embargo, en sus comienzos, la conquista del espacio no se sustentó en visiones idealistas, sino en la guerra. El primer paso lo dio la Alemania nazi en los años 40 con los cohetes V2.
Después de la derrota del régimen de Adolfo Hitler, el cerebro detrás de los cohetes alemanes, Wernher von Braun, fue reclutado por los Estados Unidos para desarrollar su programa espacial.
La guerra fría: el gran impulso
La carrera espacial fue uno de los principales ingredientes del choque ideológico entre las dos grandes potencias: Estados Unidos y la Unión Soviética.
En la década del 50 prevalecía la idea de que quien conquistara primero el espacio, también dominaría al mundo
El primer punto lo ganaron los soviéticos el 4 de octubre de 1957, con la puesta en órbita del primer satélite artificial, el Sputnik I.
También fue ruso el primer cosmonauta que pudo ver a la Tierra desde el espacio. El viaje de Yuri Gagarin fue todo un éxito, aún a costa del sacrificio del primer ser vivo que llegó al espacio exterior: la perra Laika.
Entretanto, los Estados Unidos seguían atrás. En 1961, el presidente John F. Kennedy anunciaba un plan que, indirectamente, consolidaba la carrera espacial como una pulseada entre dogmas políticos. Era el nacimiento del programa Apollo.
El 20 de julio de 1969, poco más de una década después de que el Sputnik I emitiera su señal intermitente a todo el planeta en nombre del comunismo, la misión Apollo XI descendía en la Luna.
Como lo señaló el astronauta Neil Armstrong, al poner su pie en suelo lunar, se trataba de "un pequeño paso para el hombre y un gran salto para la humanidad", que también representó uno de los logros más importantes de la aventura estadounidense en el espacio.
Beneficios para todos
La carrera espacial requirió de grandes avances en todas las áreas de la ciencia y la tecnología, muchos de los cuales habrían sido impensables de no haber existido ese campo de batalla virtual entre Washington y Moscú.
Asimismo, varios de esos logros, hoy se aplican extensamente, por ejemplo, en la medicina, las telecomunicaciones y la informática.
Tras la caída del Muro de Berlín, y la caída de la Unión Soviética, la carrera espacial quedó atrás, para transformarse en una empresa conjunta, en la que también participan otros actores de la comunidad internacional.
También ha renacido el espíritu original de mirar hacia el cielo: conocer más acerca del espacio que nos rodea para aprender más de nosotros mismos... a pesar de que la falta de rivalidades haya quitado el impulso político y, sobre todo, los grandes presupuestos que requieren las misiones espaciales.]].
EXPLOTACIÓN Y COLONIZACIÓN EXTERNA TERRÍCOLA, -espacio exterior-, Y EXCEDENTE DE POBLACIÓN EN LA TIERRA
Hay varios motivos para seguir con el dominio de los planetas exteriores, a sus lunas,...y otros cuerpos celestes,...Motivaciones de expansionismo capitalista,...nueva fase de acumulación capitalista,...ya que se está en este tipo de sociedad del lucro, explotación y sociedad de creación de valor y trabajo asalariado,...Motivos de problemas medioambientales diversos,...contaminación, desertización, glaciación, superpoblación,...siempre con los cánones y valoraciones e imposiciones de las élites y clases dominantes,...DIGAMOS QUE VALORAMOS DENTRO DE LOS INTERESES CAPITALISTAS,...POR AHORA LA HUMANIDAD POCO HA HABLADO,...EN SI, DIGAMOS, QUE ESTÁ DE ACUERDO O ANONADADA CON LA CARRERA ESPACIAL, LAS CONQUISTAS PLANETARIAS,...EL HOMBRE EN EL ESPACIO, EN LA LUNA, EN LOS PLANETAS,...LA IDEA Y FILOSOFÍA DEL CONQUISTADOR,...LA HUMANIDAD CONQUISTA LO EXTERIOR,...QUE GRANDIOSIDAD,...¡¡,...A POR TODO LO QUE HAYA FUERA,...QUE NOS HACE MUCHA FALTA,...QUE BARBARIDAD Y PERPLEJIDAD,...VERDAD SEÑOR COLON, ASIMOV Y OTROS LUMBRERAS,...¡¡.
Podríamos imaginarnos el intercambio entre las metrópolis y las colonias en los distintos continentes,...extrapolado a la Tierra como metrópolis intergalactica y a las bases en los planetas como las colonias a donde se lleva mercancías y de donde se extraen productos, materias primas, experimentos,...
Imaginen también las guerras entre las potencias de aquellos tiempos y épocas pasadas por las cuestiones de conquistas de espacios,...más tarde de mercados, exportaciones de capitales,...deslocalizaciones,...-y guerras permanentes-, y hasta nuestros días la globalización económica mundial y las megacorporaciones como fuerza política económica global,...que dirige digamos en la sombra al capitalismo total, a la humanidad,...y es la gerente-dirigente de la explotación asalariada,...y por ende del holocausto a parte de la misma,...¡¡.
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